Arregui
Publicado un nuevo Reglamento de correo postal sin cambios en 14 años
En el BOE del 18 de mayo de 2024 se ha publicado el Real Decreto 437/2024, por el que aprueba el nuevo Reglamento de los Servicios Postales, que deroga el anterior Reglamento de 1999. El nuevo Reglamento desarrolla, 14 años después, la Ley del mercado postal 43/2010.
El título III capítulo II del Reglamento está dedicado a las condiciones de entrega de los envíos postales y ahí se detalla todo lo referente a los buzones o, casilleros, como los denomina la norma.
Normas que se mantienen en el nuevo reglamento:
- La obligatoriedad de colocar un casillero domiciliario por cada local y vivienda, además de un casillero para la devolución de envíos.
- Los buzones deben colocarse correlativamente de izquierda a derecha y de arriba abajo, siguiendo el orden de los pisos y puertas.
- El dato del piso y puerta debe colocarse obligatoriamente en el buzón para que se realice la entrega.
- ARREGUI ofrece el servicio de grabación laser sobre la puerta para cumplir con este punto.
- Obligatoriedad de concentrar los buzones (ponerlos juntos), en entornos especiales como viviendas aisladas, naves industriales, mercados, centros comerciales, etc, con el objetivo de facilitar la labor de entrega.
- Los casilleros deberán tener las características necesarias para garantizar la propiedad, el secreto y la inviolabilidad de los envíos, y deberán ajustarse a las normas técnicas del sector.
- En este sentido, la única norma publicada en España es la UNE-EN13724, a la que se ajustan numerosos modelos de la gama de ARREGUI.
Un reglamento que no da respuesta a las necesidades del mercado
El nuevo Reglamento no se diferencia apenas del anterior, en lo relativo a buzones. Se pierde así una ocasión de regular los buzones para la recepción de paquetes, que son ya habituales en las nuevas viviendas, y que son de uso compartido, es decir, un buzón da servicio a varios vecinos.
Hay que resaltar que el Reglamento define como envío postal, no solo una carta, sino también un paquete de hasta 30 kilos, paquete imposible de recepcionar en los casilleros actuales y que los operadores postales afectados por este Reglamento son todas las agencias de reparto de paquetes que operan en el país (DHL, GLS, etc), no solo Correos.
ARREGUI, como empresa fabricante de buzones, ha sido testigo directo de como el aumento del comercio electrónico ha evolucionado las necesidades de envíos postales de los edificios. En opinión de ARREGUI, el regulador que ha elaborado este Reglamento, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, no ha sabido dar respuesta a las necesidades actuales del mercado y se ha situado en una posición inmovilista, como si siguiera anclado en el siglo pasado.
ARREGUI da soluciones adaptadas a las nuevas necesidades de recepción de envíos postales incorporando la colocación de buzones compartidos para la recepción de paquetes, además del propio de cada vivienda. Podemos decir con satisfacción que el mercado responde de manera muy positiva y creciente.
Los promotores de viviendas y los vecinos de las viviendas están más interesados en dotar sus edificios con este servicio, que lo que demuestra estar el Ministerio en resolver los problemas que le afectan.
Acceso al Reglamento: https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/04/30/437
Foto portada: Carteros urbanos con las valijas (carteras) al hombro iniciando el reparto en 1946 en San Sebastián (Fototeca Kutxa).
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